Cuando nos enfrentamos a la Violencia Intrafamiliar (VIF) de tipo psicológica, la tendencia es subestimar la gravedad de la misma y sus efectos dañinos, pensando que la situación cesará, y que todo regresará a la normalidad. Pero al contrario, mayoritariamente la violencia psicológica termina en violencia física o femicidio. Cuando brotan los episodios previos de violencia, es necesario preguntarse ¿Quiero esto para mi vida? ¡Por supuesto que no! Entonces, nos damos cuenta que es mejor alejarse. En ocasiones, la terapia matrimonial funciona a la perfección, particularmente cuando supone, entre otras variantes, que las consecuencias sintomáticas en los participantes de la violencia sean leves y no comprometan daños profundos.
La Sociedad Chilena de Psicología Clínica, nos dice que la violencia castigo se refiere a una relación de tipo complementaria (desigual), en donde las partes no tienen igual estatus. Así, la relación se basa en la aceptación y la utilización de la diferencia entre ambos, lo cual da lugar a una violencia unidireccional e íntima (secreta), donde generalmente está comprometida la identidad de la persona en posición baja, pudiendo ser las secuelas más profundas y el pronóstico por tanto reservado. Aquí no hay pausas, lo cual hace que la intervención profesional sea más difícil, pues solo se busca ayuda en momentos de intensa crisis. Entonces señala Ibaceta, que se trata de un tipo de violencia que hay que denunciar y conseguir la intervención de la justicia para proteger a la víctima e interrumpir la violencia.
¿Cómo superar el miedo y tomar una decisión de divorcio?
Sucede en general, que la preservación del ambiente “familiar” tales como vacaciones en familia, fiestas de navidad, cuidado conjunto de los hijos, nos hacen estirar las decisiones. Bueno, las razones económicas también aportan en la mantención del vínculo matrimonial, pero a mi juicio, esta es una razón temerosa y porque no decirlo, egoísta.
Antiguamente, la mujer debía soportar los cuadros de violencia sin mediar opción, ya que nuestra legislación impedía disolver el matrimonio, ya sea de común acuerdo o por causales de violencia intrafamiliar, entre otras. Cuando el sufrimiento o la relación de pareja ya no daba para más, solo quedaba acudir a la nulidad de matrimonio, lo cual era mal visto por razones religiosas, conservadoras; y también legales, puesto que había que recurrir a un resquicio legal y a testigos que debían mentir en el Tribunal.
Hoy, todo es mucho más sencillo y rápido. Legalmente, está reconocido que si la relación y el amor de pareja simplemente se extinguió y ha pasado más de un año sin vuelta -o reconciliación como suele pasar en las novelas- marido y mujer pueden solicitar al Juez de Familia que declare la terminación del matrimonio. Por cumplirse en la especie la causal contemplada en el Art. 55 inciso primero de la Ley de Matrimonio Civil, esto es, el cese de convivencia de las partes durante más de un año.
Por su parte, la violencia psicológica que puede recaer tanto en hombres como en mujeres, afecta con mayor intensidad al género femenino. Frente a esto, una de las primeras causales del divorcio unilateral es el “Atentado contra la vida o malos tratamientos graves contra la integridad física o psíquica del cónyuge o de alguno de los hijos”. Siendo la integridad psíquica, así, la que resulta violentada con mayor frecuencia, tornando una vida en común intolerable.
La violencia psicológica muchas veces se oculta. Es algo parecido al terremoto silencioso, en que mientras la vivienda está intacta por fuera, por dentro está destruida e inhabitable. Un matrimonio cargado de pena y dolor, puede lograr que la apariencia externa resulte inmaculada, pero la integridad psíquica del cónyuge afectado se nota dentro del hogar. Siendo de este modo perceptible en quienes lo habitan, en especial los hijos, sin importar la edad, por más pequeños que sean o por más que intentes disimular. El sufrimiento y la pena se trasmiten en las personas que tenemos muy cerca.
La pandemia y la tecnología hoy nos brindan la posibilidad de efectuar el divorcio 100% online. Sin embargo, a veces no nos atrevemos a dar el paso por temor a perder el ambiente familiar o la estabilidad económica y emocional de los hijos. No obstante, cuando la herramienta legal existe, particularmente cuando se trata de una violación grave de los deberes y obligaciones que impone el matrimonio, o de los deberes y obligaciones para con los hijos. En tornarse intolerable la vida en común, como expresamente lo indica el artículo 54 inciso 1º del Capítulo VI sobre el Divorcio, contenido en la Ley de Matrimonio Civil N.º 19.947.
Antiguamente, no había remedio, especialmente la mujer debía someterse a la resignación y convivir con este tipo de violencia, hijos fuera del matrimonio, desprecios y golpes. La buena noticia es que hoy en día, existen organizaciones públicas y fundaciones que acompañan el proceso de separación o divorcio por causales de VIF en forma gratuita. Un ejemplo de aquello es el Convenio que la firma de abogados Divorcio City en conjunto con la Fundación Honra permiten entregar asistencia legal, social y terapia de salud mental gratuita a aquellas mujeres que están siendo víctimas de VIF.
En definitiva, no hay excusa para extender y agudizar la violencia cuando el amor se acaba. ¡Atrevete!
Director RSC Divorcio City